El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) confirmó el acuerdo IEEH/CG/001/2019, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).
Los expedientes en análisis fueron promovidos por los partidos de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Acción Nacional, del Trabajo, Movimiento Ciudadano y Morena, quienes impugnaron el acuerdo IEEH/CG/001/2019.
Durante la ponencia se propuso calificar de infundado el agravio consistente en que el acto impugnado no estaba debidamente fundado y motivado; sin embargo, y conforme al criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la interpretación sistemática de la normativa federal con la local, no es inconstitucional.
Partidos pequeños reciben recursos desde lo federal
En el mismo expediente la Sala Superior consideró que para los partidos políticos nacionales el cálculo de su financiamiento público debe realizarse a partir del valor del 25% de la UMA, en términos de lo que dispone el artículo 30 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, lo que no deja en desventaja a los partidos políticos nacionales con acreditación local, pues ellos reciben adicionalmente recursos por concepto de financiamiento público nacional, situación que los deja en posibilidad de compensar los recursos que requirieran en el ámbito local.
Por otra parte, el partido Movimiento Ciudadano señaló como causa de agravio su no asignación de financiamiento público, pues no alcanzó el 3% de la votación válida emitida en la última elección para renovar el Congreso Local, agravio que se calificó como infundado, ya que Movimiento Ciudadano es un partido político nacional, que si bien conservó su registro a nivel nacional, a nivel local no alcanzó el porcentaje requerido en la votación válida.