El intento de golpe de Estado jurídico. Parcialidad al descubierto. 

Más allá de que la reforma guste o no, lo aprobado es resultado del ejercicio de una facultad prevista en nuestra Constitución, es decir, no hay nada ilegal o inconstitucional, sino desacuerdo, desaprobación y/o descontento que no justifica que los juzgadores actúen contra la ley y sus propios criterios jurisprudenciales.

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