SEAMOS JUSTOS. Daniel Andrade propone reformas para dignificar a personas con discapacidad

Redacción

Con el objetivo de dignificar a las personas con discapacidad, el diputado del Partido Encuentro Social (PES), Daniel Andrade Zurutuza, planteó reformas a la Ley de Hacienda para el Estado de Hidalgo, así como a la Ley Integral para Personas con Discapacidad de la entidad, de modo que se brinden estímulos fiscales a quienes incentiven la inclusión laboral de este sector social.

El representante por la Huasteca señaló que en Hidalgo, el 5.6 por ciento de la población total tiene alguna discapacidad física o mental, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), y destacan entre los principales municipios que atienden esta condición, Pachuca con el 25 por ciento y Mineral de la Reforma 13 por ciento.

Además, consideró preocupante que los hidalguenses con discapacidad no tengan mayores oportunidades de crecimiento laboral, por lo que propuso que el artículo Ar. 24 de la Ley de Hacienda indique que el impuesto sobre nómina se pague aplicando la base que señala el artículo anterior hasta llegar a la tasa del 3%; excepto para aquellas personas con discapacidad que sea comprobable y para tal caso única y exclusivamente se aplicaría la tasa del 1.5%.

Con respecto a la Ley Integral para las Personas con Discapacidad, sugirió que en el artículo 48 mencione que las instituciones y dependencias de la administración pública, promuevan la inclusión laboral de las personas con discapacidad incorporándolas a su plantilla laboral hasta alcanzar un mínimo del 3% del total de la plantilla siempre y cuando cumplan con el perfil solicitado.

Andrade propuso que en el artículo 50 de la misma ley se especifique que las empresas públicas o privadas que promuevan la inserción laboral de las personas con discapacidad reciban un incentivo fiscal.

En el tema de vivienda, el diputado del PES pidió que se destine un subsidio no menor del 3% para la adquisición o construcción de vivienda para las personas con discapacidad, para sus familiares o representantes o personas con las que vivan habitualmente; y que la Fracción IV garantice que todos los programas de construcción de vivienda pública, incluyan al menos un 3% de unidades habitacionales proyectadas a fin de destinarlas como viviendas accesibles, las cuales contemplen características técnicas especiales a efecto de que puedan ser habitadas por personas con discapacidad en condiciones de accesibilidad, seguridad y comodidad sin que sufran restricciones derivadas del ámbito físico de la construcción.