Recibe Tribunal Electoral de Hidalgo segundo revés en 24 horas: No a reelección de regidores

En ambos casos, aún se puede acudir a la siguiente y última instancia, que es la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En menos de 24 horas, la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) modificó dos sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en relación a las regidurías que actualmente están en función, determinando que no podrán reelegirse, así como la designación de los diputados plurinominales.

En el primer caso, los magistrados resolvieron que en los ayuntamientos de Acaxochitlán y Emiliano Zapata fue incorrecta la interpretación del TEEH respecto al alcance de la figura de la reelección, pues en la entidad no se permite.

Actualmente, Cándido Zapotitla Quiroz es regidor en el primer municipio e Ingrid Gloria Coronel en el segundo. Ambos compitieron para ser ediles en sus municipios, pero no lo lograron. La ley en Hidalgo prevé que los candidatos perdedores pueden obtener a una regiduría.

No obstante, dado que ya ocupan este cargo, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) resolvió que esto no era posible, ya que ello constituiría una reelección. Sin embargo, el TEEH determinó que sí, argumentando que su pretensión real era acceder a un cargo diferente.

Pero, según los magistrados de la SRCDMX, la ley es clara al señalar que las personas que hubieran ejercido una regiduría propietaria de representación proporcional en el periodo inmediato anterior tienen una prohibición expresa contenida en la Constitución local para ser reelectas para el mismo cargo. Por lo tanto, revocaron la resolución y confirmaron el acuerdo del IEEH, así como las constancias de asignación.

Otro de los acuerdos que se invalidó fue la designación de los plurinominales que hizo el Tribunal de Hidalgo en plenitud de jurisdicción, en el que se quitó un lugar al Partido del Trabajo (PT) y se asignó al Partido de la Revolución Democrática (PRD). Los consejeros del IEEH no habían contemplado al representante del Sol Azteca, derivado de los criterios de la votación válida y emitida para la designación. Originalmente se contemplaban 14 mujeres y 16 hombres.

La Sala modificó la asignación de las plurinominales en Hidalgo, ordenando que el representante de la diputación del PRD sea una persona con discapacidad (PcD) y que Movimiento Ciudadano (MC) tenga un representante de la diversidad sexual y una mujer, resultando en 13 hombres, una persona no binaria y 16 mujeres.

En ambas casos, aún se puede acudir a la siguiente y última instancia, que es la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.