Redacción
Yolanda Tellería, alcaldesa de Pachuca, no podrá celebrar contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales sin la previa autorización del cabildo, ya que se violaría el principio de representación de los intereses de la comunidad y en especial de aquellos ciudadanos que eligieron a los miembros de éste.
Así lo ratificó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en una sesión celebrada este martes, luego de analizar el juicio electoral promovido por Tellería Beltrán, en su calidad de presidenta municipal de Pachuca, en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral local.
Los integrantes del pleno de la Sala Regional Toluca aseguraron que autorizar “de forma abstracta, genérica, indeterminada e indefinidamente a la presidenta municipal para celebrar contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales, limita el derecho de los integrantes del Ayuntamiento a desempeñar su cargo, puesto que se les restringe la posibilidad de ejercer una de las funciones de control y vigilancia que tiene respecto de la hacienda pública, del patrimonio municipal y de la aplicación correcta del presupuesto, lo que se traduce necesariamente en una imposibilidad de representar los intereses de la comunidad y en especial de aquellos ciudadanos que los eligieron”.
Agregaron que en ningún caso se debe prescindir de la votación del cabildo, porque ello iría en detrimento del carácter colegiado, de vigilancia y control deliberativo-resolutivo de dicha instancia.
En su participación, el magistrado ponente Juan Carlos Silva Adaya, expuso que se establece en el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que los miembros del ayuntamiento tendrán iguales derechos, y esta situación de igualdad comprende a quienes integran ese órgano colegiado, que es el presidente, el síndico y los regidores que participan de las funciones que se establecen de ese órgano, y que sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos, o por mayoría calificada en los casos que exige la ley.