La Sala Toluca mantiene cancelación de candidatura plurinominal del PVEM

De manera previa a las elecciones de este próximo domingo, la Sala Regional Toluca perteneciente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) donde se determinó la cancelación de la candidatura suplente en la primera posición por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM)

Derivado de la revocación de la candidatura de Ricardo Crespo Arroyo producto de una sentencia por parte de la Sala Toluca dentro de los juicios ST-JRC-23/2021 y ST-JRC-24/2021, dicho órgano jurisdiccional ordenó al IEEH darle al Partido Verde un plazo de 48 horas para que realizara los cambios correspondientes en esta postulación

No obstante, y de acuerdo con el documento IEEH/CG/126/2021, el organismo público electoral hizo la notificación de la sentencia el pasado 22 de mayo a las 15 horas a las instalaciones del comité estatal del partido del tucán, y hasta el vencimiento del plazo el día 24 a la misma hora, el partido no había establecido ninguna sustitución, por lo que se acordó la cancelación de la candidatura suplente

De esta manera, el PVEM interpuso un nuevo juicio de revisión constitucional vía salto de instancia con el expediente ST-JRC-35/2021, mediante el cual se impugnó el acuerdo mencionado anteriormente, con el que se intentó obtener un nuevo plazo para dicha sustitución, y donde argumentaron que no se realizó la notificación al representante del partido ante el IEEH, y que en cambio, dicha institución se extralimitó con la cancelación. 

De acuerdo con el proyecto de sentencia en este juicio, los magistrados declararon infundados dichos argumentos, en donde se refirió que la sentencia original fue debidamente notificada al partido, y subrayaron que la Sala Toluca nunca ordenó que se notificara específicamente a la representación del PVEM ante el IEEH, sino a la representación genérica. 

En ese sentido, se expresó que el IEEH cumplió con la notificación de acuerdo con lo establecido en los juicios de revisión constitucional originales, en donde se comprobó que la persona que recibió la sentencia corresponde al nombre de Danthe Cristian Olvera Montiel, una de las personas autorizadas para recibir notificaciones por parte del Verde. 

Ante esto, los magistrados determinaron la confirmación del acuerdo impugnado, y que la primera posición de la candidatura plurinominal solo deberá subsistir con el registro del candidato propietario, que en este caso cae en la figura de Canek Vázquez Góngora.  


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