El Instituto Nacional Electoral (INE) podría aplicar la facultad de atracción en las elecciones extraordinarias del municipio de Cuautepec de Hinojosa, explicó el consejero electoral del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Alfredo Alcalá Montaño.
De acuerdo con la Ley Electoral y la Ley General de Procedimientos Electorales, existe la facultad de atracción, asunción o delegación. Desde 2015, dicho organismo ha ejercido este mecanismo.
“Para una elección extraordinaria tenemos que contemplar diferentes elementos, como el acercamiento con el Instituto Nacional Electoral”, expresó.
Precisó que el INE ha determinado el lugar de las mesas de votación, la capacitación de los funcionarios de casilla, así como la designación y elección de los asistentes y supervisores electorales.
Sin embargo, al IEEH le correspondería organizar la elección, establecer el calendario e imprimir la papelería electoral que se utilizará el día de la jornada en este municipio.
“En el caso específico de la elección extraordinaria del Ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, lo que mandata la Constitución Política de Hidalgo en su artículo 24 es que será el Consejo General del IEEH quien conocerá de estas elecciones extraordinarias”, agregó.
En el artículo 19 del Código Electoral se establece que la convocatoria debe publicarse dentro de los 45 días naturales a partir de la declaración de nulidad o empate de la elección. Asimismo, los comicios deben celebrarse dentro de los 180 días naturales posteriores, precisó el consejero en entrevista.
“En el caso específico, se contarán 45 días posteriores a la jornada electoral para la toma de protesta respectiva, según lo establecido en la normatividad local, y mucho dependerá del calendario ya establecido, considerando si hay o no una facultad de atracción por parte del INE para estas elecciones”, añadió.