Genoveva Martínez
Unas cuantas horas antes de vencerse el plazo establecido en la Constitución Política para reformar las leyes electorales, el Congreso local aprobó modificaciones a las normativas en la materia.
El artículo 105, fracción II de la Constitución Política, las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicien los comicios en que vayan a aplicarse.
El plazo en Hidalgo vencía este 14 de septiembre, para que las permutas sean avaladas por los municipios, ratificadas por el Poder Legislativo y publicada en el Periódico Oficial del Estado.
Cabe mencionar que en el orden del día de la sesión de este jueves no consideraban la discusión del dictamen por el cual se aprobaría la reforma al Código Electoral, sin embargo, en la mesa directiva informaron que 45 cabildo dieron luz verde a la reforma.
El pleno incluyó este punto de acuerdo para cambiar los artículos 24 y 32 de la Constitución Política del Estado para la integración de un capitulado respecto a las candidaturas comunes, además de la renuncia de funcionarios públicos que pretenden un cargo al menos 90 días antes de los comicios.
Cabe mencionar que tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que prohíbe licencias forzosas para quienes busquen la reelección, el Congreso local eliminó el párrafo que exigía separarse el cargo 90 días antes a los diputados que busquen reelegirse.
Entre las reformas aprobadas, avalaron que la propaganda de precampaña y campaña electoral no podrá ser pintada, colocada o fijada en el equipamiento urbano, así como en el transporte público concesionado en la entidad, árboles o reservas ecológicas, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico.