Laura Elizabeth Chincolla Hidalgo, titular de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, aclaró que a pesar de la pandemia por covid-19, los trabajadores conservan el derecho a la prestación del aguinaldo. Agregó que la ley no contempla la omisión, suspensión o reducción de ninguna de las prestaciones laborales, incluido el aguinaldo.
Mencionó que, conforme a la Ley Federal del Trabajo, éste debe pagarse antes del 20 de diciembre por un monto equivalente a 15 días de salario cuando se haya laborado un año completo o la parte proporcional a lo laborado; quienes hayan laborado solo seis meses, deberán recibir 7.5 días de salario como aguinaldo; por tres meses, recibirán 3.75 días y así sucesivamente. Por otro lado, los trabajadores que cuenten con un contrato colectivo de trabajo podrán gozar de lo establecido en dicho documento, que puede ser un monto mayor a los 15 días.
De no hacer el pago de aguinaldo, los patrones se harán acreedores a una multa que va de los 50 a las 5 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), el equivalente desde los 4 mil 344, hasta los 434 mil pesos.
Los trabajadores que no reciban este derecho podrán acercarse a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo ubicada en el blvr. Ramón G. Bonfil, 1504, fraccionamiento Arboledas de San Javier, en Pachuca, o comunicarse al teléfono 771 71 36788, en un horario de 8:30 a 16:30 horas de lunes a viernes.