Verónica ANGELES
La presidenta del Consejo Distrital de Villas del Álamo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), no puede actuar por cuenta propia ni de manera unilateral. Así lo resolvió el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) al terminar de desahogar el asunto promovido por el representante del PRD ante el IEEH, Octavio Castañeda Arteaga, en el que se argumentó la ilegal petición de la consejera para retirar la propaganda de Neidy Ivone Gómez Baños, excandidata de “Por Hidalgo al Frente”.
La magistrada Mónica Mixtega Trejo fue la encargada de resolver el asunto TEEH- JE03 2018 en el que se planteó que la presidenta se extralimitó en sus funciones, ya que las decisiones deben pasar por vista de todos los integrantes. Por ello, queda sin efecto la sanción al PRD y al PAN de pagar con sus prerrogativas la recolección de la propaganda.
En otro orden de ideas, el TEEH declaró inexistentes las violaciones atribuidas a Neidy Ivone Gómez, en donde se señala que no había retirado su propaganda; sin embargo, en las certificaciones se constató que no hubo en existencia propaganda electoral, por lo que se desechó.
Al tiempo, se dejó sobre la mesa el hecho de que la ley no contempla el tiempo para retirar propaganda cuando un excandidato perdió el registro por orden judicial.